Senado aprueba Ley Federal de Consulta Popular

Senado aprueba Ley Federal de Consulta Popular

No entran en la figura la restricción de derechos humanos, fuerzas armadas, seguridad nacional e ingresos y gastos del Estado.

El pleno del Senado de la República aprobó esta madrugada el dictamen para expedir la Ley Federal de Consulta Popular y devolvió el proyecto a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Tras una larga sesión que inició el miércoles, se rechazaron las reservas presentadas por senadores de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional, Revolución Democrática y del Trabajo.

Con este nuevo dictamen se regulará todo lo concerniente a la consulta popular, sea la convocatoria, organización y declaración de resultados. Asimismo, el Pleno incluyó y avaló cambios a los artículos 5, 6, 12, 14, 15, 20, 21, 25, 28, 30, 32, 33, 41, 64 y Sexto Transitorio del dictamen a la minuta que envió la Cámara de Diputados.

Ayer por la tarde se pospuso la discusión sobre la consulta popular hasta en punto de las 18 horas, a petición del coordinador de los priístas Emilio Gamboa, por falta de acuerdo entre el PRI y PAN.  Los panistas hicieron hincapié en diversos puntos, tales como  la reserva de que el presidente tenga derecho a difusión durante las elecciones para promover la consulta.

Finalmente se modificó de tal manera que se instruyó al Instituto Federal Electoral para que promueva la difusión y discusión informada de las consultas que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión, a través de los tiempos de radio y televisión que correspondan al propio Instituto. A su vez, el Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda.

De igual manera, destaca la modificación que precisa que serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional que repercutan en la mayor parte del territorio nacional e impacten de manera significativa en la población, los cuales serán calificados por la mayoría de los legisladores presentes en cada Cámara, con excepción de la que promuevan los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Con información de aristeguinoticias.com

Share

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *